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Lleida - Alfonso
L. Congostrina 2008-02-20
“Debo condenar y condeno a Teresa Casals Escuer (la que fue jefa del
Servei Territorial de Carreteres de Lleida) por una falta continuada
de coacciones a la pena de multa de 20 días con una cuota diaria de
12 euros, con arresto sustitutorio de 10 días de privación de
libertad en caso de impago y al pago de las costas, incluidas las de
la Acusación Particular”, de esta forma la magistrada del Juzgado de
lo Penal número 2 condenaba a la, ahora sí, protagonista del primer
juicio por mobbing que lleva a un cargo de la administración a
sentarse en el banquillo de los acusados de un juzgado penal en todo
el Estado español.
La condena no
acabó aquí, sino que además la jueza ha condenado a la Generalitat a
indemnizar a la víctima con 63.398,65 euros por los días de baja y
las secuelas que padeció la víctima después de las coacciones
continuadas que sufrió la funcionaria.
La jueza considera que la Generalitat hubiese podido atajar con un
simple cambio de sección las coacciones. “Pero el Jefe del
Departamento (Jordi Benet Llobera), al que todos se dirigían” para
poner solución a los graves problemas de la víctima, “o bien no
quiso o no pudo o delegó la decisión en la acusada (la misma Casals)
lo que conllevó a que el problema no sólo continuara sino que se
agravara notablemente”.
Cabe remarcar que
varios testigos, como el delegado de prevención de riesgos
laborales, aseguraron en la vista oral que cuando se plantó al señor
Benet que cambiase a la víctima de sección éste no quiso y delegó la
decisión sobre la persona que estaba coaccionando a la víctima la
acusada Teresa Casals.
Un representante
sindical también aseguró que Benet no quiso solucionar el problema.
Incluso una inspectora laboral aseguró en sus actas que en mayo de
2004 Benet y Casals prohibieron la entrada al centro de trabajo a la
víctima.
La actuación de
la condenada y la del Jefe del Departamento ha llevado a la
Generalitat a tener que abonar a la víctima más de 63.000 euros.
No contentos con
ello, el Departament de Política Territorial i Obres Públiques (DPTOP)
envió ayer un comunicado a esta redacción aclarando: “La querella
fue presentada por delito de coacciones y lesiones y se ha dictado
finalmente una condena por falta de coacciones”.
Lo que el
comunicado oculta es que la misma jueza en la sentencia asegura que
el llamado “mobbing no está definido como delito lo que entraña una
dificultad valorativa... en definitiva el acoso moral en el trabajo
debería ser objeto de protección penal... pero ello no significa que
la ausencia de tipo específico impida la persecución de conductas
acosadoras”.
En definitiva, la
magistrada consideró que los actos de Casals son constitutivos de
infracción penal pero al no existir el tipo “mobbing” hecho mano a
lo que consideró más cercano, es decir, falta continuada de
coacciones.
Si la sentencia
de la magistrada asegura que Benet estuvo al corriente de la
situación y no puso los medios para solucionarla, la nota del
Departament, resuelta en pocas líneas y sin adjuntar la sentencia,
asegura por las buenas: “El DPTOP ha hecho en todo momento un
seguimiento preciso del caso y desde que tuvo conocimiento ha
llevado a cabo todas las actuaciones pertinentes para aclararlo,
atender a las partes y conseguir una situación laboral no
conflictiva”.
No dice lo mismo
ni la sentencia de una magistrada, ni varios testigos entre los que
están compañeros de la víctima, inspectoras de trabajo, sindicatos y
técnicos de riesgos laborales.
La nota del
departament no acaba aquí, sino que dedica la última línea a
anunciar: “recurriremos la sentencia”.
La Mañana Digital - Lleida, Spain
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