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La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Lleida ha admitido a trámite una denuncia por mobbing contra una jefa del Servei Territorial de Carreteres de Lleida presentada por una funcionaria que estaba a su cargo. Tanto defensa, como acusación particular, como Ministerio Fiscal tendrá ahora diez días para presentar sus acusaciones y sólo faltará dar una fecha para que se celebre el primer juicio penal por mobbing en los Juzgados de Lleida.
La denuncia se
presentó en abril de 2005 y relataba nueve duros años de presuntas
vejaciones, insultos y coacciones de su superior jerárquica Teresa
Casals, jefa de la sección de actuación administrativa y régimen
sancionador, contra la denunciante.
El acoso empezó en 1996 cuando Casals entró en calidad de jefa de
sección y comenzó entonces, supuestamente, una actitud de acoso,
menosprecio, a lo que debe sumarse unas coacciones hacia la
funcionaria.
Según las diligencias previas al juicio dictadas el pasado 10 de
enero por el Magistrado del Juzgado de Instrucción número 4 de
Lleida, se le imputa a Teresa Casals un presunto delito de
coacciones aunque el juez entiende que no existe un delito de
lesiones psíquicas, ni un delito de trato degradante como la
denunciante argumentaba. El juez considera que hay suficientes
indicios como para imputar a Casals por un delito de coacciones.
Las suposiciones de criminalidad se fundamentan en distintos
informes médicos que concluyen que la denunciante sufre un cuadro
clínico por acoso psicológico en el medio laboral. Además, se le
diagnosticó un trastorno de ansiedad generalizada.
La decisión del juez también estuvo fundamentada en diversas
testificales efectuadas a compañeros de trabajo. Una trabajadora
aseguró que la jefa de sección “no trataba bien a la funcionaria,
que escuchaba gritos hacia ella”. “Incluso en una ocasión escuché
a la Señora Casals gritarle que acabaría con ella, pero que no lo
haría hasta conseguir que la echaran de su puesto de trabajo”,
aseguró ante el juez la trabajadora. La misma testigo aseguró que
era frecuente que la denunciante saliera corriendo, además,
también era común que se dirigiera hacia ella con expresiones como
tonta e inútil.
Además, también relató un episodio en que Casals presuntamente
empujó con fuerza a la querellante contra un armario. Otro
compañero aseguró haber visto “muchas veces a la funcionaria
llorando y comentando que la Señora Casals le hacía la vida
imposible, la amargaba y no encontraba bien nada de los que
hacía”.
Una constante en las testificales era que la acusada ordenaba a la
denunciante funciones por debajo de su categoría profesional.
El juzgado imputó a Teresa Casals por un delito de coacciones y
solicitó que la defensa, el Ministerio Fiscal y las acusaciones
particulares formularan sus escritos de acusación.
La decisión del juez fue recurrida a la Audiencia Provincial de
Lleida, que el pasado 25 de abril desestimó todos los recursos
presentados contra la decisión del magistrado del Juzgado de
Instrucción número 4 de Lleida.
Con toda seguridad
la defensa intentará acusar a la jefa de Carreteres de Lleida no
únicamente por un delito de coacciones, sino también por lesiones
psíquicas y atentado contra la integridad moral.
Ahora solamente falta que se señale una fecha para la apertura del
juicio oral contra Teresa Casals.
El juez archiva la acusación a dos altos cargos de Carreteres
El Juez del Juzgado de Instrucción número 4 de Lleida y,
posteriormente, la Audiencia de Lleida, acordó el sobreseimiento
provisional de las actuaciones realizadas tras la denuncia de la
misma funcionaria contra Jordi Benet, jefe del Servei Territorial
de Carreteres de Lleida, y contra José Suárez, que era el
encargado de supervisar el trabajo de la funcionaria.
El magistrado asegura que la imputación que se realiza al Señor
Benet sólo puede ser por no seguir las prescripciones médicas que
le habían recomendado a la funcionaria y por impedir en una
ocasión que entrara al lugar de trabajo. El juez asegura que por
esos hechos sólo se le podía atribuir una falta de vejaciones
injustas pero que estarían prescritas.
Por otro lado, considera que el señor Suárez no efectuó ningún
acoso en el ámbito laboral con trascendencia penal por lo que el
magistrado considera que éste debería ser objeto del Derecho
Administrativo pero no penal.

